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Impuestos sobre Sociedades, Renta y Patrimonio

En la asesoría en Granada Sumar tramitamos las declaraciones tributarias relacionadas con cualquier tributo, directo o indirecto, se gestionan todos los impuestos y se ofrece asesoramiento fiscal especializado y personalizado a las necesidades de cada cliente.

Entre las áreas de actuación, destacan la asesoría en materia de impuestos directos como IRPF ( Impuesto sobre la renta de las personas físicas) o IS (Impuesto sobre Sociedades), la asesoría en materia de impuestos indirectos como el IVA o IGIC (Canarias) o el ITP-AJD (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales – Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados), o el asesoramiento en materia de fiscalidad internacional.

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Nuestro equipo de asesores fiscales expertos en impuestos y tributación le ofrece asesoramiento fiscal en materia sucesoria, y donaciones, Herencias Yacentes, Comunidad de Bienes o Condominios.

Así mismo la asesoría en Granada Sumar cuenta con un equipo de expertos en fiscalidad de comercio internacional con amplia experiencia en el campo, lo que nos permite ofrecer soluciones adaptadas a las necesidades específicas de cada cliente en materia de asesoría fiscal internacional.

«Equipo experto en impuestos y fiscalidad»

Ordenadores asesoría

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

La asesoría Sumar en Granada se encuentra a tu disposición para cualquier consulta o trámite que necesitas realizar sobre tu empresa en relación al impuesto sobre sociedades.

Asesores trabajando

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS (I.R.P.F.)

Si buscas una  asesoría en Granada para hacer tu declaración de la Renta con asesores fiscales expertos  que combine profesionalidad y experiencia, en Sumar tenemos el asesor que necesitas.

Descubre cómo un asesor fiscal puede ayudarte a optimizar tus impuestos y a cumplir con tus obligaciones fiscales de manera eficiente.

 

En Sumar  sabemos lo importante que es contar con un asesor fiscal que te ofrezca confianza y tranquilidad. Nuestro equipo de expertos está preparado para ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales de forma eficiente y sin errores.

Con más de 20 años de experiencia en asesoramiento fiscal, nuestro objetivo es garantizar que cumplas con la normativa mientras aprovechas al máximo las deducciones disponibles. Tanto si necesitas ayuda con tu IRPF como particular o titular de un negocio estamos aquí para ayudarte.

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Gracias a nuestra condición de colaboradores sociales con la Agencia Tributaria, nos posicionamos en una situación privilegiada para interactuar y operar telemáticamente, garantizando eficiencia y rapidez en cada gestión.

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Vistas aereas

FISCALIDAD INTERNACIONAL

​En la asesoría en Granada Sumar  ayudamos a nuestros clientes a construir una estructura jurídico-fiscal internacional, eficiente, sostenible y alineada con los objetivos estratégicos de su negocio. 

Trabajamos estrechamente con las empresas para comprender su situación y objetivos, y así poder brindarles recomendaciones personalizadas y estrategias efectivas para optimizar su posición fiscal en el ámbito internacional.

Nuestro objetivo en Sumar es proporcionar un asesoramiento fiscal integral a empresas y personas con presencia internacional o intereses en el extranjero.

Nuestros profesionales en asesoría fiscal internacional contribuirán a aclarar el tratamiento fiscal de las operaciones intracomunitarias e internacionales, tanto en materia de imposición directa (renta y sociedades) como en materia de imposición indirecta (IVA), para contribuir a una correcta toma de decisiones.

Podemos asistirles con la obtención de NIF y NIE por entidades y personas físicas extranjero, apertura de cuentas corrientes, constitución de filiales y sucursales, integración en el Registro de Operadores Intracomunitarios (VIES), obtención de NIF IVA en España y extranjero, asistencia con el régimen de ventas a distancia, obtención de certificados de residencia, y solicitud de IVAs comunitarios (modelo 360).

Estudio de la estructura fiscal más adecuada para invertir en el extranjero. Tributación aplicable a las diversas formas de operar en el extranjero: establecimiento permanente, filial, sucursal, etc. Análisis de la fiscalidad de las rentas y de la inversión en los diferentes países, presentación de Modelo 720 para declaración de bienes en el extranjero.

Servicios en Asesoría Fiscal Internacional:

 

  • Asesoramiento fiscal a empresas extranjeras que quieran invertir y operar en España

  • Planificación fiscal internacional de la actividad de su empresa

  • Asesoría en cambios y reestructuraciones de grupos internacionales

  • Asesoramiento fiscal para evitar la doble imposición internacional

  • Asesoría en cambios de residencia fiscal de personas físicas y empresas

  • Asesoría para la presentación de impuestos a nivel internacional ante la AEAT

  • Presentación de impuestos a nivel internacional ante la AEAT

  • Modelo 720. Declaración sobre bienes y derechos situados en el extranjero

  • Modelo 210. Impuesto de la Renta de No Residente

  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones para no residentes

Nuestros asesores fiscales analizan con este fin las diferentes operaciones, identificando, de forma proactiva, retos y oportunidades en materia fiscal.

En Sumar estamos comprometidos a ser tu mejor asesor fiscal internacional en Granada. Ya sea que estés emigrando a España o trasladándote al extranjero, nuestro equipo de expertos fiscales está aquí para proporcionarte un servicio integral y personalizado. 

 

Te ayudamos a desenvolverte en el complejo mundo de la fiscalidad internacional, asegurando que tu transición sea fluida y fiscalmente eficiente.

 

piezas de ajedrez

TRIBUTACIÓN DE HERENCIAS Y DONACIONES

​En la asesoría en Granada Sumar  nos encargamos de definir los objetivos esenciales para nuestros clientes creando el marco legal adecuado y más beneficios para conseguir optimizar la carga tributaria y la preservación del patrimonio en cuestión.

Desde el punto de vista fiscal las alternativas a las operaciones normales con terceros de cesión del negocio como serían el alquiler y/o la transmisión, también se encuentran otras como son la donación o la herencia. 

 

- La donación de las participaciones de la empresa o del negocio a los hijos, llegado el momento en el cual están preparados y la política para el futuro ha sido consensuada de común acuerdo con reflejo en el protocolo familiar.

 

- La adquisición del negocio por herencia, habiendo realizado todas las actuaciones necesarias en el entorno familiar para que ese relevo por mortis causa no tenga efectos adversos en el entorno empresarial.

Cuando un autónomo vende su negocio o transmite su empresa legalmente tendrá que tributar por esa operación, incluso aunque donase el negocio a un tercero. Debemos tener en cuenta que a efectos fiscales se produce una transmisión aunque la operación realizada sea una donación, por lo cual el donante debe integrar una ganancia patrimonial en su declaración de la renta, por diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición.

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Por su parte, quien recibe una donación debe pagar impuestos por lo cual y siendo el negocio lo recibido también tendrá sus beneficios y unas obligaciones que debe cumplir, de la misma forma que cuando ese negocio se recibe en herencia.

 

Las donaciones se configuran como una herramienta muy útil a la hora de planificar un patrimonio.

Prestamos nuestros servicios en esta materia:

  • Estudiar la mejor decisión desde un punto de vista legal y fiscal, atendiendo a las circunstancias personales de cada caso en concreto.

  • Analizar los posibles beneficios fiscales que pudieran ser aplicables en función de aspectos tales como parentesco, residencia fiscal, etc.

  • Redacción de acuerdo con los requisitos establecidos en la ley de las cláusulas adecuadas en el contrato de donación.  

  • Gestión y seguimiento de todo el procedimiento que se debe seguir hasta la correcta formalización.

  • Cumplimentación del Impuesto de Donaciones.

  • Presentación telemática del impuesto ante la Administración Tributaria.

El impuesto de sucesiones afecta a todas las personas que reciben una herencia, aunque la cuantía que deben pagar varía en función de la relación de parentesco con el fallecido. Las principales características son:

  • Se grata de un Impuesto indirecto: grava los bienes y derechos recibidos como herencia.

  • Se grata de un Impuesto progresivo: a mayor valor de la herencia, mayor porcentaje impositivo.

  • Se grata de un Impuesto de Declaración obligatoria: debe presentarse en un plazo máximo de seis meses desde el fallecimiento del causante.

 

Hay que decir que en el impuesto de sucesiones en España hay una gran diferencia según se trate de una comunidad autónomo u otra . Por ejemplo:

En Andalucía, los herederos de los grupos 1 y 2  tienen una reducción considerable. La bonificación alcanza 1.000.00 € de la base imponible. Además, los herederos de los grupos 3 y 4 pueden beneficiarse de una reducción de hasta 250.000 €. (Grupo 1: Descendientes menores de 21 años. Grupo 2: Descendientes mayores de 21 años, ascendientes y cónyuges).

En Canarias por el contrario, los descendientes y cónyuges prácticamente no pagan el impuesto de sucesiones, ya que la bonificación es del 99%. Esta región también ofrece bonificaciones importantes para otros grados de parentesco.

Madrid es una de las comunidades donde menos se paga por el impuesto de sucesiones. Los herederos del grupo 1 y 2, es decir, descendientes, ascendientes y cónyuges, disfrutan de una bonificación del 99%. Esto significa que, en la práctica, la mayoría de las herencias están exentas de pagar el impuesto.

ordenador y calculadora

IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO

La asesoría en Granada Sumar  te asesora sobre las mejores estrategias para conseguir el máximo ahorro fiscal dentro del marco legal. Nuestra experiencia garantiza una gestión patrimonial precisa y enfocada en la optimización y seguridad fiscal.

La declaración del Impuesto sobre el Patrimonio requiere una revisión exhaustiva de todos los activos. En Sumar  nos aseguramos de estar cuidadosamente toda la documentación verificando cada detalle cuidadosamente  

Nuestro equipo de asesores se encarga de todo el proceso, desde la valoración de tus activos hasta la presentación final.

 

Confeccionamos y presentamos el Modelo 714 para el Impuesto sobre el Patrimonio, cubriendo todo el proceso para que tengas la tranquilidad de cumplir a tiempo y de forma precisa.

Obligaciones sobre el impuesto

La obligatoriedad de presentar este impuesto varía según el valor del patrimonio del contribuyente a 31 de diciembre.

 

Las Comunidades Autónomas tiene competencias en la regulación de este tributo, por lo que los límites a partir de los que existe la obligación de declarar, así como los tipos impositivos del Impuesto sobre el Patrimonio varían según los dispuesto por cada administración autonómica.

La base imponible se calcula como la diferencia entre el valor de los bienes y derechos del contribuyente y el valor de sus deudas y obligaciones. Los principales componentes del patrimonio incluyen:

-Bienes Inmuebles: Viviendas, terrenos, etc.

-Bienes Muebles: Vehículos, joyas, obras de arte.

-Activos Financieros: Cuentas bancarias, acciones, bonos.

-Derechos: Derechos de herencia, derechos de usufructo.

En el caso de las monedas virtuales (criptomonedas) el sujeto pasivo debe declarar en el Impuesto sobre el Patrimonio el saldo de cada moneda virtual diferente de la que sea titular a la fecha del devengo, es decir, a 31 de diciembre de cada año, valorándose a precio de mercado en la citada fecha, es decir, por su valor equivalente en euros a dicha fecha.​​​

Asesor creación de empresas

TRIBUTACIÓN DE COMPRAVENTAS DE ACCIONES O PARTICIPACIONES DE LA SOCIEDAD

En Sumar  disponemos de asesores tributarios con una amplia experiencia y conocimientos actualizados en derecho tributario relacionado con la compraventa de acciones o participaciones sociales de las sociedades.

 

​Los asesores de la asesoría en Granada Sumar  le ayudarán en todo los relativo a la tributación de la transmisión de acciones y participaciones sociales, la posibilidad de adquirirlas por la propia sociedad, los pasos a dar para formalizar la transmisión, la valoración y registro contable de los activos financieros según el objetivo perseguido.

Nuestro servicio de asesoramiento y gestión fiscal en esta materia lo prestamos con especial atención a:

  1. Régimen jurídico aplicable de la transmisión según se trate de acciones o participaciones.​

    • Restricciones a la transmisibilidad

    • Derechos de adquisición preferente

    • Acciones y participaciones propias

  2. Formalización de la transmisión de acciones y participaciones.

  3. Contabilidad de la transmisión de acciones y participaciones.

    • Registro contable de la transmisión

    • Valoración de las acciones y participaciones transmitidas

    • Información a revelar en las cuentas anuales

  4. Fiscalidad de la transmisión de acciones y participaciones.

    • Tributación en Sociedades

    • Tributación en IRPF

      • Cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial

      • Reglas especiales de valoración

    • Implicaciones en IVA e ITP-AJD

  5. Casos especiales.

    • Transmisión en empresas con patrimonio inmobiliario.

    • Donaciones a familiares.

    • Transmisiones por causa de muerte (herencia).

    • Aportaciones no dinerarias al capital de sociedades.

Todo ello diferenciando según se trate de operaciones voluntarias inter vivos, onerosas o gratuitas, forzosas o mortis causa, tanto para las sociedades anónimas, cotizadas o no, como para las sociedades de responsabilidad limitada.

Obtenga el mejor asesoramiento legal y fiscal

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